OBISPADO DE RIO GALLEGOS
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RESERVADO
Prot. 131/07
Río Gallegos, 20 de septiembre de 2007
A LOS SACERDOTES Y DIACONOS
DE LA DlÓCESIS DE RÍO GALLEGOS
Queridos hermanos sacerdotes y diáconos:
Como ya es de conocimiento de todos ustedes, la Carta ApostóIica de Benedicto XVI sobre el uso de la liturgia romana anterior a la reforma conciliar de 1970 requiere también la lectura de la Carta que el mismo Papa dirigiera a los Obispos. Aprovecho, queridos sacerdotes, la oportunidad para recomendarles la lectura pausada de ambos textos. Leídos y comentados en las reuniones de decanatos les permitirán un valioso intercambio de ideas y Ja posibilidad de asumir en forma fraterna las pautas a seguir en una autentica Comunión eclesial y junto con su Obispo.
En ese contexto pues, quiero expresarles algunas indicaciones que deberán tener en cuenta en nuestra Diócesis. Así lo fueron haciendo también ya otros Hermanos en el Episcopado en sus respectivas Iglesias Particulares.
1.- Se trata de una forma extraordinaria de celebrar la Misa. De allí que esta forma no pueda ser impuesta a los fieles ni oficiada en los horarios habituales de las celebraciones de sus Comunidades parroquiales.
2- El sacerdote a quien pidiere un considerable (¿?) grupo de sus propios fieles esta forma extraordinaria, debe, además de pertenecer a la Comunidad Diocesana, conocer el latín y el rito aprobado por Juan XXIII.
3.- Además, ante el posible pedido de estos fieles, les pido que traten de escucharlos y entender su posible inquietud; de dialogar con ellos con verdadera caridad pastoral, tratando de hacerles ver la riqueza de la Liturgia en uso y las enormes ventajas que nos ha traído la celebración en nuestra lengua materna. (¿?)
4.- Llegado el caso de que un sacerdote diocesano o del clero religioso incorporado a la Diócesis, considere válida la petición, deberá preparar debidamente a los peticionantes (¿?)
para la misma, a fin de que esta celebración extraordinaria facilite la más plena partipaci6n en el Sacrificio eucarístico, y no, que resulte una simple novedad o una añorada tradición.
5.- Esta forma extraordinaria de la Misa deberá celebrarse siempre conforme a las disposiciones vigentes y, en el caso de pretender una cierta periodicidad los peticionantes, deberán presentar el pedido por escrito en nuestra Sede. (¿?)
Aprovecho para reiterarles mi disponibilidad para toda consulta al respecto, y enviarle mi paternal saludo en Jesús Buen Pastor y María Santísima, Señora de Luján.-
JUAN C. ROMANINI sdb
PADRE OBISPO
DIOCESIS DE RÍO GALLEGOS
NOTA: Puedes encontrar los Documentos mencionados en AICA Nº 2639 del 18/07/07, Doc. 661
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